Seguros de salud

¿En que consiste un Seguro de Salud?

•Transplantes: El beneficio está dado por el pago del Capital
Asegurado estipulado para cada transplante. Los transplantes
generalmente cubiertos son: Médula Ósea, Corazón, Pulmón,
Hígado, Páncreas, Córnea, Corazón - Pulmón.

•Intervenciones quirúrgicas / no quirúrgicas: Las
intervenciones cubiertas están estipuladas en el contrato y
el beneficio consiste en abonar al Asegurado el costo de la
intervención realizada siempre que dicho importe no supere el
Capital máximo estipulado para cada una de ellas.

•Enfermedades Graves: El beneficio consiste en el pago
del Capital Asegurado establecido para cada enfermedad.
El beneficio puede consistir en el pago adelantado de un
porcentaje del beneficio establecido por fallecimiento o en el
pago de un Capital Asegurado adicional al de fallecimiento.
Las enfermedades generalmente cubiertas son: Cáncer, Infarto
de Miocardio, Accidente cerebrovascular, Cirugía Arterio-
coronaria (By-Pass).

•S.I.D.A.: El beneficio puede estar dado por el reintegro de los
gastos incurridos por el tratamiento de la enfermedad hasta
el límite del Capital Asegurado contratado (estipulado en el
contrato) o el pago del Capital Asegurado en un monto único o
en la cantidad de cuotas establecidas en el contrato (en caso
de fallecimiento del Asegurado sin haber percibido el total
del Capital Asegurado, el remanente debe ser abonado a los
beneficiarios o herederos legales).

•Alta Complejidad Médica: Similar a la cobertura de
intervenciones quirúrgicas, en este caso las intervenciones
cubiertas sólo corresponden a operaciones de alta
complejidad.

•Prótesis: Las prótesis cubiertas están estipuladas en el
contrato y el beneficio está dado por el pago del valor de la
misma siempre que no supere el Capital Asegurado máximo
fijado para cada una de ellas.

•Hemodiálisis por Insuficiencia Renal Crónica Ambulatoria:
El beneficio consiste en el reembolso de los gastos
ocasionados por tratamiento y honorarios médicos
relacionados con la enfermedad. Se abona hasta un máximo
mensual por la cantidad máxima de meses estipulada en el
contrato.

•Renta Diaria por Internación: El beneficio está dado por el
pago del valor de la renta diaria estipulado en la póliza para
cada día de internación hasta un máximo de días estipulado en
la póliza.